Presentó Wilfrido Lázaro Iniciativa de nueva Ley Orgánica Municipal
>> Contempla nuevas figuras jurídicas como el
Municipio Indígena y el Gobierno Comunal
Morelia; Michoacán, 15 de junio de 2016.- El Municipio
Indígena y el Gobierno Comunal, nueva figura jurídica que contempla la
iniciativa de Ley Orgánica Municipal que presentó el diputado Wilfrido Lázaro
Medina, la cual se estructuró en cinco títulos, treinta capítulos y los
doscientos veinticuatro artículos requeridos, incluyendo: I. El Municipio; II.
El Gobierno Municipal; III. La Administración Municipal; IV. Los Derechos
ciudadanos; y, V. Los Procedimientos y recursos administrativos.
Lázaro Medina señaló que con esta estructura, se
satisfacen los tres elementos del Municipio: Ciudadanos, Gobierno y Territorio,
cumpliendo con lo que establece el Artículo 115 primer párrafo de la Carta
Magna y el artículo 111 de la propia Constitución Política del Estado.
Durante su intervención mencionó que la Ley Orgánica
Municipal tiene como destino, las autoridades municipales, pero también los
ciudadanos. Por ello debe tener una estructura y organización que sea accesible
a la consulta y de fácil comprensión.
Asimismo destacó que para la elaboración de la iniciativa
de Ley se realizó un análisis de la norma vigente, se hizo uso del derecho
comparado, además de realizar consultas a diversos documentos con sentencias y
tesis en materia municipal y revisar convenios firmados por el Estado Mexicano
con los diferentes organismos internacionales.
Dio a conocer que esta iniciativa cuenta con nuevos
contenidos como:
1. Los conceptos ampliados de Vecindad y residencia;
2. El Gobierno Municipal y la redefinición de este
concepto general;
3. Órganos internos del Gobierno Municipal y su
descripción;
4. Justicia cívica municipal, con la descripción,
naturaleza y facultades administrativas de esta nueva materia;
5. De las Concesiones, un capítulo en el que se regulan
con mayor precisión;
6. Transparencia y Acceso a la Información, en la que se
armonizan las obligaciones para las autoridades, en esta materia, reguladas por
la reciente Ley Federal de Acceso a la Información.
7. Participación ciudadana, desarrollando los derechos
ciudadanos, por medio de los mecanismos de Participación Ciudadana: La
Iniciativa Ciudadana, el Referéndum, Plebiscito, la Consulta ciudadana, el
Observatorio ciudadano y el Presupuesto participativo.
Resaltó también que la nueva figura jurídica El Municipio
Indígena y el Gobierno Comunal, incluida en la presente Iniciativa reconoce a
los pueblos indígenas y sus derechos consagrados en el Artículo 2° de la
Constitución Mexicana y en el 3° de la Constitución Política del Estado.
También Lázaro Medina dijo que como presidente municipal
al frente de la administración de Morelia, constató que la Ley Orgánica
Municipal del estado, al normar la vida del municipio ha dejado de lado la
existencia de los ciudadanos. “Está lejos de mi mente, restar valor a la norma
que rige los municipios; sin embargo, esta Ley de la que se desprenden los
reglamentos municipales, adolece de materias que conculcan derechos de los
ciudadanos; derechos que en justicia debemos otorgar a los ciudadanos, sin
distingo de credo, raza, género o condición social, pero, que además, están
consagrados en el Artículo 1° de la Carta Magna”.
Finalmente, externó que esta Iniciativa, con toda
seguridad, habrá de ser complementada con las aportaciones de los demás
integrantes de la Legislatura local, así como las de los presidentes
municipales, cabildos y la fuerza de la organización de la sociedad civil.
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