Diputados propondrán al Pleno tipificar el delito de tortura
>> Se castigará de 10 a 20 años de prisión a quien
realice actos de tortura y otros tratos crueles
Morelia, Michoacán; 12 de julio del 2016.- Las Comisiones
Unidas de Justicia y Derechos Humanos en reunión de trabajo aprobaron el
dictamen mediante el cual se modifica el Código Penal del Estado para castigar
el delito de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes,
con una pena de diez a veinte años de prisión y quinientos a mil días de multa.
Los diputados Juan Bernardo Corona, Presidente de la
Comisión de Justicia, Carlos Quintana y Ernesto Núñez, integrantes de la misma,
así como Nalleli Pedraza y Raymundo Arreola, Presidenta e integrante,
respectivamente, de la Comisión de Derechos Humanos, destacaron que la tortura
es un elemento prohibido por la normativa constitucional y convencional, por lo
que su no inclusión en el orden jurídico estatal es una violación y una restricción
de derechos hacia los michoacanos.
Por lo cual, se adiciona al Título Décimo Sexto, el
Capítulo XII denominado Tortura, conformado por los artículos 254 bis, 254 ter
y 254 quater al Código Penal para el Estado de Michoacán, dejando en la mesa de
trabajo el compromiso por parte de los legisladores, de crear una ley para
prevenir y sancionar la tortura que rija en Michoacán.
En el dictamen que será presentado ante el Pleno del
Congreso para su votación, señala que el mencionado castigo será impuesto al
servidor público que con el fin de obtener información o una confesión,
investigación criminal o medio intimidatorio, cause dolor o sufrimiento físico
o psíquico a una persona; cometa una conducta que sea tendente o capaz de
disminuir o anular la personalidad de la víctima o su capacidad física o
psicológica, aunque no le cause dolor o sufrimiento, o realice procedimientos
médicos o científicos en una persona sin su consentimiento o sin el
consentimiento de quien legalmente pudiera otorgarlo, salvo el caso de
emergencia con el fin de salvaguardar su vida o integridad corporal.
Asimismo, se castigará con 4 años de prisión y de
trescientos a seiscientos días de multa al particular que con la autorización o
el apoyo de un Servidor Público cometa alguna de las conductas de tortura y
otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.
Finalmente, se estipula que las penas previstas se
aumentarán hasta en una mitad cuando la víctima sea menor de 18 años, este
embarazada, no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho; o
sea sometido a cualquier forma de violencia sexual.
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