Presenta María Eugenia Méndez iniciativa de Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de Servidores Públicos
- Con este nuevo
ordenamiento se hace eficiente nuestro sistema de control en las entidades
públicas, tanto en lo correspondiente al desempeño del cargo, función o
comisión, como en lo relativo al orden financiero y administrativo
(www.aiva.com.mx) MORELIA,
MICH.- A fin de dar orden, claridad y armonía
legal a la
regulación en materia de responsabilidades de los servidores
públicos, así como hacer eficiente el sistema de control en las entidades
públicas, tanto en lo correspondiente al desempeño del cargo, función o
comisión, como en lo relativo al orden financiero y administrativo que debe
caracterizar a los distintos poderes, ayuntamientos y organismos autónomos, la
diputada María Eugenia Méndez Dávalos presentó al Pleno del Congreso Local una
iniciativa para crear Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los
Servidores Públicos.
Con este nuevo ordenamiento, en principio,
explicó la legisladora, se determinan claramente los órganos de control
responsables de recibir denuncias, deslindar responsabilidades e imponer
sanciones, se homogeniza el proceso administrativo de responsabilidades para
todos los poderes, se establecen con claridad los órganos de ejecución de las
sanciones y se instituye la posibilidad de recurrir ante el Tribunal de
Justicia Administrativa del Estado cualquier resolución administrativa de los
órganos de control.
Igualmente, considerando la transcendencia del
Poder Ejecutivo y su magnitud en referencia a los demás poderes e instituciones
estatales, se establecen las contralorías internas de sus diferentes dependencias,
mismas que serán dependientes de la Coordinación de Contraloría pero que se
ubicarán respectivamente a efecto de generar una mayor cautela en la
administración de recursos y en el desempeño de los servidores públicos.
Por lo que ve al Juicio Político, se respeta
el espíritu de la Constitución del Estado y solamente se ajusta lo relativo a
la instancia de instrucción, al igual que lo correspondiente al Juicio de
Procedencia y al Registro Patrimonial.
Mientras que en cumplimiento al orden constitucional
local, se incorpora la Acción Pública como mecanismo a través del cual los ciudadanos
pueden presentar denuncia ante el Congreso del Estado respecto de actos u
omisiones que sean motivo de sanciones administrativas, políticas o penales.
Por último, considerando la importancia de la
convicción de servicio que debe caracterizar a cada una de las instituciones
del Estado, se dispone la publicación obligatoria de Códigos de Ética que respondan
a las necesidades particulares del servicio que se presta a la ciudadanía, a
fin de que la labor realizada por cualquier servidor público sea congruente con
las necesidades sociales de los michoacanos, bajo la premisa de que el servicio
público no tiene otro fin que brindar mejores oportunidades de desarrollo y bienestar
a la ciudadanía.
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