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Presenta María Eugenia Méndez iniciativa de Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de Servidores Públicos

- Con este nuevo ordenamiento se hace eficiente nuestro sistema de control en las entidades públicas, tanto en lo correspondiente al desempeño del cargo, función o comisión, como en lo relativo al orden financiero y administrativo

(www.aiva.com.mx) MORELIA, MICH.- A fin de dar orden, claridad y armonía legal a la
regulación en materia de responsabilidades de los servidores públicos, así como hacer eficiente el sistema de control en las entidades públicas, tanto en lo correspondiente al desempeño del cargo, función o comisión, como en lo relativo al orden financiero y administrativo que debe caracterizar a los distintos poderes, ayuntamientos y organismos autónomos, la diputada María Eugenia Méndez Dávalos presentó al Pleno del Congreso Local una iniciativa para crear Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos.

Con este nuevo ordenamiento, en principio, explicó la legisladora, se determinan claramente los órganos de control responsables de recibir denuncias, deslindar responsabilidades e imponer sanciones, se homogeniza el proceso administrativo de responsabilidades para todos los poderes, se establecen con claridad los órganos de ejecución de las sanciones y se instituye la posibilidad de recurrir ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado cualquier resolución administrativa de los órganos de control.

Igualmente, considerando la transcendencia del Poder Ejecutivo y su magnitud en referencia a los demás poderes e instituciones estatales, se establecen las contralorías internas de sus diferentes dependencias, mismas que serán dependientes de la Coordinación de Contraloría pero que se ubicarán respectivamente a efecto de generar una mayor cautela en la administración de recursos y en el desempeño de los servidores públicos.

Por lo que ve al Juicio Político, se respeta el espíritu de la Constitución del Estado y solamente se ajusta lo relativo a la instancia de instrucción, al igual que lo correspondiente al Juicio de Procedencia y al Registro Patrimonial.

Mientras que en cumplimiento al orden constitucional local, se incorpora la Acción Pública como mecanismo a través del cual los ciudadanos pueden presentar denuncia ante el Congreso del Estado respecto de actos u omisiones que sean motivo de sanciones administrativas, políticas o penales.

Por último, considerando la importancia de la convicción de servicio que debe caracterizar a cada una de las instituciones del Estado, se dispone la publicación obligatoria de Códigos de Ética que respondan a las necesidades particulares del servicio que se presta a la ciudadanía, a fin de que la labor realizada por cualquier servidor público sea congruente con las necesidades sociales de los michoacanos, bajo la premisa de que el servicio público no tiene otro fin que brindar mejores oportunidades de desarrollo y bienestar a la ciudadanía.

Fue turnado para su estudio, análisis y dictamen a las Comisiones Jurisdiccional y Justicia. 

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